La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el fallo que avala la asunción de opositores que se impusieron en cinco seccionales de la UTA, en los comicios que a nivel nacional ratificaron la conducción de Roberto Fernández. Más disputa en el plano judicial.
Un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la cautelar de primera instancia y ordena que se ponga en función a los opositores que se impusieron en 5 seccionales en los comicios de la UTA que a nivel nacional ganó Roberto Fernández.
La discusión es sobre la conducción de las seccionales de Santa Fe, Mar del Plata, Córdoba, Santiago del Estero y Jujuy. Allí se impuso la lista que encabezó el opositor Miguel Ángel Bustinduy. La controversia se generó por un acuerdo en la previa a las elecciones de la UTA.
Es que la lista opositora promovió un acuerdo con la parte oficialista de que, fuera cual fuera el resultado, iban a respetar el artículo 107 del estatuto de la organización sindical, que indica que la agrupación que gana se queda con todas las seccionales. Algo que ahora pone en cuestión.
El caso, que es seguido de cerca por todo el mundo sindical por sus implicancias posteriores, lo lleva el prestigioso estudio de abogados laboralistas que preside Alberto Coronel.
Desde la oposición celebraron el fallo de la Cámara y catalogaron a Fernández de «dirigente del AMBA, que le da la espaldas al interior».
«Un micro del AMBA cobra de un subsidio de $1.200.000 pesos por mes cuando un micro del interior sólo cobra $ 400.000. Así las empresas no puedes sostenerse ni pagar a los choferes», acotaron.
Desde la conducción de la UTA habían argumentado al conocer la cautelar: «Los resultados electorales son los que son y se deben reconocer, dejando de lado los caprichos. El art. 107 del Estatuto Asociacional es claro, en cuanto expresa: La elección de los órganos de conducción de la Unión Tranviarios Automotor se ejecutará por el sistema de lista completa, en distrito único y mediante el voto secreto y directo de las afiliados. Y define a los efectos eleccionarios el distrito único como el comprendido por Capital Federal, Gran Buenos Aires, conjuntamente con todas aquellas provincias donde existan seccionales o delegaciones de la Unión».