La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condeno a la Asociación de Distribuidores de Especialidades Medicinales (ADEM), que representa a los dueños de las droguerías y laboratorios farmacéuticos, a abonar la suma de 10 millones de pesos, costas y astreintes por su sostenida práctica desleal hacia el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB).
La ADEM fue condenada por la conducta descripta el inciso f del artículo 53 de la ley 23551: “serán consideradas prácticas desleales y contrarias a la ética de las relaciones profesionales del trabajo por parte de los empleadores o las asociaciones que los representen: f) Rehusarse a negociar colectivamente…” Hace 12 años que la poderosa patronal de los drogueros (Droguería del Sud, Monroe Americana, Suizo Argentina y otros grandes jugadores) se niega a reconocer y negociar un convenio colectivo con el representante del personal jerárquico farmacéutico y bioquímico, que por ley 17565 ocupa la dirección de dichos establecimientos de medicamentos.
La asociación sindical damnificada promovió querella ante el juez competente, y este sancionó a la cámara empresaria por práctica antisindical, imponiéndole “una sanción conminatoria de $10.000.000 y someterse a la negociación colectiva de acuerdo con las piezas adjuntadas que no fueron objeto de cuestionamiento por la autoridad de aplicación, bajo apercibimiento de imponer una multa de $20.000 por cada día de demora.”
La estrategia jurídica de la ADEM estuvo a cargo del estudio jurídico Gallo, quien recomendó no firmar el convenio laboral peticionado por el sindicato y promovido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. En 2016, con el patrocinio del mismo abogado, la ADEM también fue condenada por una acción similar.
En este momento que se cuestiona tanto a los sindicatos, cabe advertir como algunos empresarios, que se muestran puros y castos, son los que niegan derechos laborales básicos, incumplen la ley y promueven la denominada industria del juicio.
De los registros de la autoridad laboral surge que la ADEM es la única cámara empresaria que le resta firmar convenio colectivo de trabajo con el SAFYB ya que las demás sí lo hicieron: la Asociación de Farmacias Mutuales y Sindicales de la República Argentina (AFMYSRA) junto con la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) suscribieron el CCT 691/14 homologado por Resolución ST 855/14, la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) firmó el CCT 707/15 homologado por Resolución ST 63/15, la Cámara de la Actividad Bioquímica (CAFYB) refrendó el CCT 794 homologado por la Resolución ST 316/22 y la Federación Argentina de Cámaras de Farmacia (FACAF) suscribió el CCT 795 homologado por Resolución ST 315/22. Son datos oficiales.
Desde SAFYB aclararon que no les interesa judicializar el problema sino otorgar protección y beneficios de convenio a sus afiliados, pero que serán inflexibles con los empleadores que pretendan desconocer el derecho de los farmacéuticos y bioquímicos.