Neuquén: Condenan a un productor agrario por someter a siete personas a trabajo esclavo pero ninguna de las víctimas quiso que lo encarcelen

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén halló culpable al productor agropecuario Fidel Quispe Condori por explotación laboral y trata de personas en una chacra hortícola. Aunque la justicia consideró el caso como un caso de explotación laboral y trabajo esclavo, las víctimas solicitaron una reparación económica en lugar de su encarcelamiento. El juez observó un choque entre la legislación laboral y la cultura de los involucrados, que no veían delito alguno, por lo que priorizó la reparación económica.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén condenó a Fidel Quispe Condori, productor agrario de nacionalidad boliviana, por trata de personas y explotación laboral en una chacra de horticultura en Centenario. Según la justicia, sometió a trabajo esclavo a siete personas durante más de un año, incluyendo tres menores. No obstante, las víctimas solicitaron que se priorizara una compensación económica en lugar de una pena de prisión para el acusado.

El caso se inició tras una denuncia realizada en 2021 por un representante del Sindicato de Trabajadores Rurales, lo que derivó en una investigación del Ministerio Público Fiscal. Se constató que Quispe Condori había captado y trasladado a un grupo de trabajadores desde Bolivia bajo falsas promesas de empleo, manteniéndolos en condiciones precarias, sin registración laboral ni derechos básicos. Además, se lo acusó de haber facilitado la permanencia irregular de los extranjeros en Argentina.

Ante la evidencia recolectada, la fiscal Luisina Tiscornia y la Defensoría Pública de las Víctimas propusieron un acuerdo de «reparación integral», el cual fue aceptado por el juez Alejandro Cabral. Dicho acuerdo establece que el acusado deberá pagar un total de $12.600.000 a las siete víctimas, quienes recibirán $1.800.000 cada una. La suma deberá ser abonada en un plazo de diez días hábiles tras la confirmación del fallo.

En su resolución, el juez destacó que el caso presentaba «un problema eminentemente cultural», dado que ni el acusado ni las víctimas consideraban que se había cometido un delito. Señaló además que, en Bolivia, las condiciones laborales son distintas y que las partes involucradas tenían una concepción diferente sobre la precarización y la explotación laboral. A pesar de ello, resaltó la gravedad del delito enmarcado en la legislación argentina, que equipara la trata laboral con la esclavitud.

Con esta decisión, la justicia optó por una solución alternativa al juicio oral, devolviendo el conflicto a las partes para su resolución mediante compensación económica. La sentencia marca un precedente sobre la aplicación de penas y acuerdos en casos de explotación laboral en el ámbito rural.