Como es costumbre en la central, Pablo Micheli y José Rigane, como Secretario General y Secretario Adjunto respectivamente firmaron el comunicado. Sostienen que con la ley continúan pagando el impuesto el 80% de los trabajadores afectados actualmente.
Además, lamentaron que “la conducción de la CGT avaló este procedimiento con resultados pobres para la mayoría de los compañeros y compañeras que están alcanzados por el impuesto”.
Para cerrar, la CTA Autónoma reiteró lo expuesto cuando expusieron en el Senado de la Nación, declamando la voluntad de “un país con progresividad tributaria, donde quienes más ganan paguen más impuestos, donde se estimule el trabajo y la producción en lugar de la timba financiera, el juego y las actividades contaminantes”.
También reiteraron que “el impuesto al salario es confiscatorio, ilegítimo y anticonstitucional”. En este sentido, sostuvieron que la lucha no terminó con este acuerdo “sino que por el contrario los trabajadores y trabajadoras y el movimiento sindical deberemos discutir nuevas estrategias para lograr su eliminación en el marco de una profunda reforma tributaria”.
Entrando en las especificaciones de oposición a la reforma, destacaron los siguientes puntos.
- No habrá actualización durante todo el año próximo dado que la ley votada indica que la misma se pondrá en práctica desde 2018. Es decir, los aumentos salariales que los trabajadores/as logremos en paritarias para enfrentar la inflación real en 2017 retrotraerá la situación a valores similares a los actuales.
- Las escalas votadas para efectivizar el descuento del impuesto al salario son insuficientes y no tienen ninguna relación ni proporcionalidad con el congelamiento distorsionador que se verificó en los últimos años.
Las alícuotas que se tomarán en cuenta para el descuento de cada categoría arrancan con una leve mejora para la primera de ellas (5%), pero luego los porcentajes votados para las alícuotas siguientes hacen que la mayoría de los trabajadores termine tributando más en caso de recibir un aumento salarial a partir de 2017, particularmente los que acuerden incrementos durante los primeros meses del año.
- El aguinaldo seguirá tributando. La forma en que se acordó la liquidación del mismo traerá como consecuencia que el trabajador/a adelantará el pago del tributo para no sufrir descuentos elevados en julio y diciembre perdiendo contra la inflación real. Para nuestra CTA-A es una obligación evitar el cobro del impuesto sobre este rubro.
La inclusión de una parte de las horas extras en las deducciones habilitadas por esta ley producirá inequidades salariales entre quienes las cumplan durante días hábiles o domingos y feriados. Debe tenerse en cuenta que existen ramas de la producción y los servicios donde no puede dividirse o acumularse la prestación de dichas horas para evitar su pago pleno.
- En el caso de hijos/as, se votó que serán deducibles sólo hasta los 18 años, lo que genera que una buena parte de los trabajadores/as casados pierda el supuesto “beneficio” de las nuevas escalas y alícuotas y comience a tributar como si no tuviera hijos/as.
- El mecanismo para deducir una parte de lo abonado en concepto de alquiler es engorroso y no toma en cuenta el alto grado de informalidad y desproporción que existe en la relación entre dueño e inquilino en favor de los primeros.