La cautelar fue dictada ayer por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°4. «Hay una cautelar que suspende la resolución y dan un plazo de 5 días a la Superintendencia para contestar un pedido de informe del juzgado», confirmó el abogado de la CTA de los Trabajadores Gastón Valente.
La SRT creó la semana pasada, mediante la Resolución 760/2017, el Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (S.I.R.E.L.) y ordenó a empresas y aseguradoras informar mediante declaración jurada todas las demandas recibidas alegando la inconstitucionalidad de la ley 27.348 y el decreto 54/2017.
En la norma, la Superintendencia señaló que «a fin de posibilitar el resguardo y fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo, se considera oportuno y necesario contar con una herramienta informática que permita tomar conocimiento y analizar las presentaciones efectuadas».
En consecuencia, la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio, con la adhesión de veinte gremios entre ellos la CTA, solicitó la medida cautelar en la que fundamentó que «resulta evidente que tales datos son irrelevantes al tiempo de establecer cualquier tipo de estadística que pueda llevar a una conclusión respecto a la causa de la litigiosidad o las medidas para su reducción»
«Sólo se apunta a los pleitos en que se requiere la inconstitucionalidad de la norma y no a aquellos en que se reclama por el incumplimiento de la ley por parte de una aseguradora, lo que torna más evidente el extremo señalado respecto a la finalidad de la medida», indicaron en la solicitud.
Este mediodía, el juzgado a cargo de Laura Castagnino consideró que «la cautelar solicitada busca evitar, lo que configuraría, prima facie y sin que implique adelantar opinión en orden a la precaución solicitada, el supuesto de la existencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables».
Más temprano, Valente explicó que la resolución «obliga a registrar datos de abogados y trabajadores que decidan plantear la inconstitucionalidad del DNU y la ley complementaria de Riesgos del Trabajo. Es muy grave».
«No se toma la misma medida contra el resto de los juicios que ya existen en el fuero laboral por la misma temática. Es una lista negra, no nos dicen qué van a hacer con estos datos», apuntó Valente.
«La medida lo que hace es frenar la creación del registro hasta tanto el Estado presente el informe pedido», explicó, por su parte, Luis Campos director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.
«La medida que se dictó es un paso procesal previo, provisorio, que frena que el registro se ponga en marcha hasta tanto el Ministerio de Trabajo presente el informe ante el juzgado», agregó Campos y concluyó: «En definitiva, la justicia parece estar avalando los cuestionamientos que se le hicieron a esta resolución de parte del mundo del trabajo en general».