Con el objetivo de evitar posibles maniobras de «vaciamiento» y el incremento de los riesgos que viene atravesando la compañía desde hace ya varios años, la Justicia decidió la intervención de OCA y ordenó que deje de contar con el registro oficial de operador postal privado.
Se trata de un fallo del Juzgado Contensioso Administrativo Federal Nº 10 a cargo de Liliana María Heiland que toma en cuenta reclamos de la AFIP para evitar que el proceso de alteración operativa y patrimonial de la compañía propiedad de Patricio Farcuh avance generando mayores riesgos.
La decisión tomada por la magistrada se extenderá, según el fallo que publicó IProfesional, «durante el tiempo que resulte necesario para aclarar satisfactoriamente las dudas expuestas» y como consecuencia de «la urgencia y gravedad institucional invocadas».
Además, hace lugar a una medida cautelar de no innovar también pedida por la AFIP tendiente a prohibir la división de OCA en tres empresas, tal como promovía el propio Farcuh.
En este sentido, el fallo obliga a la compañía a mantener el «statu quo» y ordenar a OCA SRL, OCA Logística y OCA Postal que se abstengan de efectivizar la escisión de sus unidades de negocios dentro del mismo grupo y que, en caso de haberlo hecho, se retrotraiga la medida.
Adicionalmente, le solicita al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), en su carácter de organismo regulador del sector, a abstenerse de registrar a OCA Postal y OCA Logística para prestar servicios de correo privado.
Y además, ordena el embargo preventivo de varias de las cuentas bancarias de la compañía holding (OCA SRL) y de sus dos subsidiarias (OCA Logística y OCA Postal) con el fin de asegurar el pago de una deuda por $1.228 millones que le reclama la AFIP en el marco del concurso preventivo de acreedores que atraviesa la compañía.
Para controlar que todas estas medidas se lleven a cabo, la jueza Heiland desingó a Marcelo Eugenio Griffi como interventor –veedor dentro de OCA–, cargo que deberá asumir en los próximos días, además de presentar un primer informe en el plazo de 30 días a contar desde la fecha del fallo judicial.
El interventor tendrá la tarea de efectuar un seguimiento interno de la evolución de la gestión empresarial tendiente a impedir cualquier maniobra, abuso o desviación de fondos de OCA. También deberá informar sobre la evolución de las actividades comerciales de OCA SRL «velando por un manejo societario adecuado y ajustado a derecho, tendiente a impedir cualquier maniobra, abuso o desviación de fondos entre las sociedades».
La jueza le pide adicionalmente al interventor que efectúe un informe sobre la situación económica y patrimonial de OCA, que identifique las operaciones de crédito celebradas entre las empresas del grupo y potenciales incidencias de las operaciones indicadas en la situación actual de las mismas compañías.
El fallo no tiene fecha de caducidad ya que de manera clara se asegura que tanto la intervención como el embargo de la cuentas se mantendrá «hasta que OCA SRL cancele su deuda con la AFIP o se ofrezcan garantía suficientes para esclarecer los hechos».
La intervención de la jueza Heiland en el caso OCA fue consecuencia de una presentación judicial hecha por la AFIP que invocó causas de «gravedad institucional» al tener sospechas de una posible maniobra de vaciamiento que se estaría llevando a cabo en la empresa por parte de Farcuh.
Según la denuncia, el empresario intentaba traspasar activos y personal de OCA SRL a OCA Logística y OCA Postal. La primera, es la empresa titular de la licencia como operadora postal privada y también de la deuda y los pasivos que acumuló en este proceso conflictivo que ya lleva casi tres años.
El objetivo de Farcuh era «vaciar» OCA SRL de actividades y generar la propia quiebra de la empresa, mientras seguía operando en el mercado con las otras dos firmas postales de reciente creación.
De esta forma, el empresario buscaba eludir el pago de la millonaria deuda que mantiene su empresa con el ente fiscal y a la misma vez mantener las operaciones de su empresa bajo las operaciones de otras dos subsidiarias que iban a ser controladas por la sociedad Kietery, radicada en Uruguay y titular del 90% de las acicones de OCA Logística y de OCA SRL.
Por ese motivo, la AFIP le pidió a la justicia evitar esta maniobra «en resguardo del interés fiscal comprometido» tomando varias determinaciones como ordenar a las tres empresas que se abstengan de efectivizar la escisión de sus unidades de negocios. También que el ENACOM no las registre para prestar servicios postales y que se les embarguen las cuentas bancarias por el mismo monto de los embargos ya en ejecución fiscal.
En su demanda presentada ante la justicia, la AFIP determina una deuda nominal administrativa de OCA SRL de $1.866 millones y una judicial nominal en trámite por otros $2.214 millones. El documento hace referencia además a «la mala fe de las sociedades involucradas y de sus representantes» y advierte que «configura un uso abusivo del negocio societario».