El proyecto de ley que la CTA de los trabajadores presentará hoy apunta a una ampliación de diversos tipos de licencias y de seguridad en el empleo que protege a los trabajadores, en especial a los tienen hijos.
De esta manera, por ejemplo, amplía de 90 a 120 días la licencia por maternidad y los días del padre a la vez que equipara estos derechos a los casos de adopción e incluye días vinculados a la crianza como ser reuniones en la escuela.
La reforma también prevé una licencia especial por violencia de género, y en general su espíritu busca una equidad de género al fomentar las responsabilidades familiares compartidas, para que los cuidados de hijos, personas enfermas o adultos mayores en los hogares “dejen de ser temas que se resuelven de manera individual –un asunto de las mujeres, históricamente– y pasen a ser parte de las políticas públicas, una responsabilidad social y, también, una tarea de los varones”, como explicó Estela Díaz, la secretaria de Género de la CTA.
Para Díaz, la Ley de Contrato de Trabajo debe ser actualizada de acuerdo a leyes como la de Matrimonio Igualitario o Identidad de género. La especialista de la central detalló: “Además, hay gran cantidad de parejas que no conviven, lo que lleva en muchos casos a los papás a encontrarse con la imposibilidad de cuidar a sus hijos/as cuando se enferman, ir a reuniones escolares o acompañarlos en actividades significativas para ellos. Por otro lado, las modificaciones propuestas están en sintonía con la inclusión que hace el nuevo Código Civil de la idea de corresponsabilidad o parentalidad, padre y madre son ambos responsable de los cuidados”.
La propuesta cuenta con el respaldo de diputadas y diputados del oficialismo además de organizaciones sociales, académicas y políticas que se sumarán a una campaña nacional que impulsará la central de trabajadores, para sensibilizar a la sociedad sobre la necesidad de la reforma.
La iniciativa establece los siguientes puntos:
– Aumenta de 90 a 120 días la licencia por maternidad (y 30 días más por nacimiento múltiple).
– Declara que a los 3 años de la vigencia de esta ley se agregan 60 días, que pueden ser elegidos por cualquier integrante de la pareja (parentalidad).
– 15 días por paternidad, incluyendo a los 3 años 15 días más.
– Equipara estas licencias para la adopción, pudiendo decidir qué miembro de la pareja toma la licencia o alternándola.
– 20 días de licencia para tratamientos de reproducción asistida y también, pero de menos días, para quien la acompañe.
– 30 días al año de licencia para acompañar a personas enfermas (hijos, padres, pareja)
– 20 días al año para motivos como reuniones en la escuela y otras cuestiones vinculadas con la crianza.
– Extiende la protección contra el despido cuando nace un hijo para los trabajadores varones.
– Equipara todos los derechos a las parejas del mismo sexo.
– Ante cualquiera de estas licencias de cuidado se deberá considerar como si el empleado estuviera trabajando a la hora de realizarse aportes para la jubilación. Actualmente no se computa en muchos casos el tiempo de licencia por maternidad.
– Establece una licencia especial por violencia de género, de 30 días, con posibilidad de extenderla por un período similar si