El Tribunal de Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial de La Plata, dispuso la reinstalación cautelar de un trabajador de la construcción. La decisión se fundó en la aplicación del D.N.U 329/20 que prohibió los despidos sin justa causa y las suspensiones en el marco de la pandemia.
Según reveló el portal Palabras de Derecho, el pasado 4 de Agosto, el Tribunal integrado por los jueces Elorriaga, Nuñez y Orsini decidió sobre el alcance de la estabilidad dispuesta mediante el D.N.U 329/2020.
La cuestión denota importancia porque el trabajador en cuestión se encontraba alcanzado por el régimen de los trabajadores de la construcción quienes poseen un estatuto especial que regula su actividad a través la Ley 22.250 y el sistema de extinción del contrato de trabajo allí estipulado es distinto al previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.
El trabajador en cuestión fue despedido el 1 de Julio de 2020 por (según dichos de la empleadora) haber finalizado la obra para la cual había sido contratado y no poder la empresa iniciar nuevas obras.
El día 8 del mismo mes, el trabajador se agravio del despido dispuesto solicitando que se dejara sin efecto tal decisión.
Los jueces consideraron que al no existir justa causa, dicho despido está alcanzando por los decretos mencionados, y que los trabajadores de la construcción no se encuentran excluidos de dicha normativa de emergencia