Los socios de unidades productivas que forman parte del «Programa Trabajo Autogestionado», percibirán una ayuda económica no remunerativa. Será por única vez y llegará a los $11.000.
Por medio de la Resolución 534/2021 del Ministerio de Trabajo, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el beneficio será destinado a quienes percibieron o se encuentren percibiendo la asistencia económica de emergencia establecida por otra Resolución, la 144/2020.
Esta última Resolución estableció una asistencia económica de emergencia en el marco de la Línea I–Ayuda Económica Individual del Programa, destinada a unidades productivas autogestionadas por trabajadores que suspendieran su actividad productiva o disminuyeran su nivel de ingresos económicos.
Ahora, Trabajo dispuso que la ayuda económica no remunerativa, dado su carácter extraordinario, será compatible y podrá ser acumulada con la percepción en el mismo período de la asistencia económica de emergencia establecida por la Resolución 144/2020.
Además, estableció que esa ayuda será abonada en forma directa y personalizada a sus destinatarios a través de los medios de pago directo utilizados en el marco del Programa, y comenzará a abonarse a partir de la primera liquidación operativamente disponible en el marco de los programas nacionales de empleo administrados por la Secretaría de Empleo.
El Programa Trabajo Autogestionado se creó en marzo de 2004 para promover la generación de fuentes laborales y el mantenimiento de las existentes, a través del fortalecimiento de unidades productivas autogestionadas por trabajadores.
Esa inciativa se implementa a través de distintas líneas de asistencia para las unidades productivas autogestionadas: Línea I – Ayuda económica individual; Línea II – Apoyo técnico y económico para la mejora de la capacidad productiva; Línea III – Apoyo técnico y económico para la mejora de la competitividad; Línea IV – Asistencia técnica y capacitación para la mejora de la capacidad de gestión, y Línea V – Asistencia para la higiene y seguridad en el trabajo.
La Línea I -contemplada en la Resolución de este jueves- prevé la asignación directa y personalizada de una ayuda económica mensual, por un plazo de hasta 24 meses, para las socias trabajadoras y los socios trabajadores de las unidades productivas autogestionadas, cuando el retorno de excedentes para cada socia o socio sea inferior al monto de un salario mínimo, vital y móvil.
En enero de este año, el Poder Ejecutivo había otorgado una ayuda económica adicional a los socios de unidades productivas autogestionadas, que alcanzó a parte de la población trabajadora que viene siendo atendida por el Programa Trabajo Autogestionado.
Ahora, frente a la extensión de la emergencia sanitaria, el Gobierno señaló que «resulta pertinente otorgar una ayuda económica no remunerativa extraordinaria para los socios trabajadores que no cumplimentaran los requisitos para acceder al subsidio extraordinario establecido por el Decreto N° 261/2021».