La fiscalía ante la Cámara Federal de Casación Penal adhirió hoy a un recurso de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación para que se habilite la feria judicial en la causa contra el empresario y dueño del Ingenio Ledesma, Carlos Blaquier, por delitos de lesa humanidad en la última dictadura cívico militar.
«Nos encontramos frente a un delito de lesa humanidad cometido hace más de 45 años que hoy sigue esperando su juicio. Por esta razón entiendo que un reglamento administrativo sobre los asuntos de feria no puede ser invocado para paralizar el trámite de una causa judicial de esta naturaleza», consideró en su dictamen el fiscal ante la sala de feria, Marcelo Colombo, según el texto al que tuvo acceso Télam.
Colombo remarcó que el máximo tribunal penal federal del país no tiene «ningún asunto» que «estudiar o resolver» en la causa «porque eso ya lo hizo la Corte Suprema».
Se trata de la investigación por la llamada «Noche del Apagón» en la localidad jujeña de Libertador General San Martín, en el marco de la cual la Corte Suprema de Justicia revocó la falta de mérito con que Casación benefició a Blaquier.
El fiscal Colombo actúa ante los Tribunales Orales de Comodoro Py 2002 pero en esta feria judicial de invierno reemplaza al titular de la fiscalía 4 ante Casación, Javier De Luca.
En ese rol se le corrió vista de un recurso de reposición interpuesto por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en su condición de querellante contra la resolución de la Sala de Feria del martes último «que no hizo lugar a la solicitud de habilitación de feria por no encontrarse en juego la libertad de los imputados».
«Conforme lo expresara el Dr. De Luca en su dictamen de fecha 15 de julio del corriente año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación al señalar que la Cámara Federal de Casación Penal carecía de competencia de grado para dictar la resolución que revocó los procesamientos de los imputados, declaró la inadmisibilidad de los recursos perpetrados por las defensas», añadió el texto.
Esto «implica que el auto de procesamiento impugnado ha quedado firme automáticamente, de modo que lo resuelto por el superior (la CSJN), abarca lo que debía resolver el inferior (la CFCP)», interpretó.
Por eso quedaron firmes los procesamientos que en su momento confirmó la Cámara Federal de Apelaciones de Salta «sin que corresponda ahora que las Cámaras de Casación y la de Apelaciones de Salta se expidan al respecto».
Ante esto, y «como no existe nada por decidir», corresponde «devolver directamente las actuaciones al Juzgado Federal de Jujuy donde tramita el proceso, con notificación a la Cámara Federal de Apelaciones de Salta para su toma de razón».
«Sin embargo, ello no sucedió y hoy estamos discutiendo si la habilitación de feria procede en la presente causa, que sólo debía ser devuelta a su juzgado de origen sin mayores dilaciones», advirtió Colombo.
Ante lo reseñado, el fiscal consideró que «debe hacerse lugar al recurso de reposición interpuesto por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y resolver la inmediata devolución de las presentes actuaciones al Juzgado de Jujuy, sin importar si la cuestión es o no de feria».
«Un reglamento de la CSJN o de cualquier otro estamento del Poder Judicial no puede ser opuesto al avance de una causa por delitos lesa humanidad, que compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino y demanda una respuesta judicial expedita» concluyó.
En la causa están procesados Blaquier, de 93 años y Alberto Lemos, director de Ledesma al momento de los secuestros de trabajadores en 1976, en la llamada «noche del apagón», a raíz de los sucesivos cortes de energía de la usina de la empresa que dejaba sin luz al pueblo durante operativos militares.