El Gobierno prorrogó hasta fin de año el beneficio de alícuotas diferenciadas en las contribuciones patronales de las instituciones de enseñanza privada, con el propósito adicional de evitar «un aumento importante en las partidas presupuestarias» de las provincias, encargadas de subvencionar esos establecimientos.
La medida se formalizó a través de decreto 12/22 publicado hoy en el Boletín Oficial y suscripto por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros de Educación, Jaime Perczyk, y de Economía, Martín Guzmán.
La extensión de la prórroga apunta a un propósito triple: evitar un incremento del gasto de las administraciones provinciales, en los costos de los establecimientos y en las economías de las familias de sus alumnos.
Los establecimientos educativos de gestión privada tuvieron un tratamiento específico en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva de diciembre de 2019, que les permitió continuar con el esquema de contribuciones patronales vigente hasta entonces.
En una primera instancia, ese beneficio se dispuso hasta el 31 de diciembre de 2020, fue prorrogado por un año más mediante el decreto 1042/20, y ahora se extendió su vigencia hasta fines de 2022.
En los fundamentos de la norma se especifica que de no aplicarse la prórroga, se «produciría un incremento desmesurado en las contribuciones patronales a pagar por las instituciones» educativas de gestión privada.
Ese aumento no sólo repercutiría en los costos de los establecimientos sino principalmente en las arcas de las provincias, en la medida que son las que encargadas de financiar las subvenciones a las escuelas privadas.
El perjuicio «sería incluso mayor en jurisdicciones alejadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, ya que las reducciones de las que actualmente se benefician estos establecimientos difieren en las diversas áreas y regiones del país conforme a la normativa vigente», se aclaró en los considerandos del decreto.
«El principal costo operativo y financiero de los establecimientos educativos de gestión privada está representado por el componente salarial, en el que se incluyen las correspondientes contribuciones patronales», añadió el decreto.
A raíz de la transferencia de los servicios educativos de la Nación a las provincias y CABA que se concretó en 1992 a través de la ley 24.049, el pago de las subvenciones a los establecimientos privados también pasó a las jurisdicciones subnacionales.
Al respecto, el decreto advirtió que en caso de no haberse dispuesto la prórroga «el incremento de las contribuciones patronales generará un aumento importante en las partidas presupuestarias de las provincias, ya que el aporte estatal no sólo contribuye para el pago de los sueldos de los y las docentes curriculares sino también al pago de las contribuciones patronales de aquellos salarios».
Pero además del costo fiscal, «en los casos en los cuales el instituto educativo no reciba aporte estatal, o lo reciba parcialmente, el significativo aumento de las contribuciones patronales originará incrementos importantes en el valor de los aranceles que abonan las familias por los servicios educativos y afectará su economía», resaltó la norma.
En ese sentido, el decreto subrayó que «las dificultades financieras de estas instituciones se vieron intensificadas por las necesarias medidas de prevención sanitaria dispuestas en virtud de la pandemia ocasionada por la Covid-19, habiéndose generado una considerable disminución de sus ingresos, particularmente en el Nivel Inicial no obligatorio».
De esa forma, la elevación de las contribuciones patronales que se produciría de no disponerse la prórroga «agravaría el crítico contexto en el que las instituciones de que se trata se encuentran inmersas, repercutiendo en la economía de muchas de las familias que asisten a ellas, ya debilitada a raíz de las referidas medidas».