A través de Francos, el Gobierno admitió que el capítulo laboral del DNU 70/23 está suspendido por la Justicia

Guillermo Francos respondió por escrito más de 2000 consultas que le hicieron legisladores de todas las fuerzas y por las que dará cuentas en el Congreso este miércoles personalmente. Una de ellas fue por el título laboral del DNU 70/23 y en su respuesta aclaró que «la aplicación del Capítulo Laboral del referido DNU se encuentra “suspendido” por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) a raíz de la presentación efectuada por la CGT».

El Jefe de Gabinetes Guillermo Francos brinda hoy desde las 11 horas su primer informe de gestión en el Congreso de la Nación.

Ayer por la tarde, Francos ya remitió a los diputados las preguntas que le habían formulado por escrito previamente. El pasado 2 de agosto, el jefe de Gabinete recibió 3535 requisitorias de los legisladores las que, una vez unificadas en Coordinación de Informes, quedaron consolidadas en las 2135 consultas actuales.

Entre las consultas efectuadas desde el bloque de Unión por la Patria, bajo el número 1784, le preguntaron en qué se basan para creer que el decreto dado a conocer en diciembre del año pasado puede generar empleo. La pregunta textual fue: «¿Cuáles son los fundamentos estadísticos e históricos en los que se basan para creer que el título laboral del DNU 70/2023 luego replicado parcialmente en la sanción de la ley bases puede ser generador de empleo en nuestro país?»

El Jefe de Gabinete Guillermo Francos respondió que el objetivo del Título IV – Trabajo «es la modernización de la legislación laboral y de los diversos institutos contenidos en la misma» y agregó que «la normativa impulsada a través de dicho instrumento legal es semejante a la vigente en países donde el empleo decente tiene un sendero de crecimiento en forma ininterrumpida hace ya varios años».

Al mismo tiempo, aclaró que el mencionado DNU espera un eventual tratamiento en Diputados, «ello sin perjuicio de mencionar que la aplicación del Capítulo Laboral del referido DNU se encuentra “suspendido” por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) a raíz de la presentación efectuada por la Confederación General del Trabajo (CGT) en el fuero Laboral de la Capital Federal».

En paralelo, Francos destacó que más allá de la suspensión del DNU, se encuentra vigente la llamada Ley de Bases Nº 27.742 que también contiene normativa laboral que está pendiente de reglamentación: «La Ley contiene un Título completo (el V) referido a temas laborales, específicamente a la “Promoción del Empleo registrado”, cuyo objeto es también lograr una regularización de relaciones laborales no registradas o registradas deficientemente en cuanto a fecha de ingreso y remuneración, una modernización de diversos institutos de la legislación laboral vigente, la creación de un “Fondo de Cese”, la figura del “trabajador independiente con colaboradores”, la derogación de multas establecidas que obstan a la creación de trabajo registrado privado, etc., todo con la única finalidad de promover empleos genuinos y de calidad», aseguró.