La Cámara Nacional del Trabajo dictó hoy una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 dictado por el gobierno de Javier Milei. En el fallo, uno de los camaristas citó a la Corte Suprema cuando afirmó «no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso o que no se halla sujeto al control judicial».
«Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados», decidieron los jueces en el marco del expediente inaugurado a partir de una presentación de la CGT.
Los 44 artículos que conforman el Título IV del mega decreto con el que abrió el conflicto el gobierno de Javier Milei con la CGT quedaron así suspendidos de su aplicación por la Cámara Nacional del Trabajo de la feria hasta tanto haya sentencia final sobre el caso.
En el fallo al que accedió InfoGremiales la jueza María Dora Gonzalez recomendó con los mismos argumentos del fiscal general Juan Manuel Domínguez: «propicio disponer la remisión de las actuaciones a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para la elucidación de la contienda de competencia.»
Por su parte, el juez Alejandro Sudera y la jueza Andrea García Vior hicieron hincapié en las «modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc».
También argumentaron en relación a la postura tomada por la Corte Suprema sobre que «la interpretación de la Constitución Nacional, en cuanto regula los decretos de necesidad y urgencia, debe ajustarse a los principios del estado constitucional» o que «no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso o que no se halla sujeto al control judicial».
Sudera incluso citó a Juan Bautista Alberdi en «Bases…» cuando dijo: «Dad al
poder ejecutivo todo el poder posible, pero dádselo por medio de una constitución» y agregó: «Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema».
Por dos votos contra uno, la Cámara resolvió suspender así el Título IV hasta tanto se dicte sentencia.