La Federación de Comercio salió a desmentir que haya llegado a un acuerdo con super e hipermercados para habilitar procedimientos de suspensión de trabajadores. Desde el gremio se refirieron a una norma que rigió en pandemia pero que luego no fue renovada.
La Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (FAECyS) que lidera Armando Cavalieri salieron a aclarar que no firmaron ningún entendimiento que habilite a los empleadores a suspender trabajadores por disminución de trabajo.
La información salió a cruzar las versiones periodísticas que tomaron la Resolución 1873/2023 dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que se publicó el viernes pasado pero que corresponde al año 2020 por motivo de la Pandemia.
«Desde FAECyS desmentimos categóricamente la información contenida en dichas notas periodísticas por resultar totalmente falaz», aseguraron.
El gremio aclaró que como es de público conocimiento «frente a la gravedad de la emergencia sanitaria declarada oportunamente en el año 2020 ante el avance del COVID-19, el Estado habilitó, mientras tuvo lugar el confinamiento, la suscripción de acuerdos 223 bis LCT, sin embargo, el mismo no implicaba la automática aplicación por parte de las empresas».
Y ratificaron: «La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), no ha suscrito acuerdo alguno que permita a empresas y/o supermercados a suspender a su personal por ‘falta o disminución de trabajo'».
Además expresaron: «En virtud de ello, esta Federación rechaza enfáticamente los términos esgrimidos en dichas notas periodísticas, solicitando la rectificación sobre la información allí brindada».