El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de la Ciudad de Buenos Aires impuso este miércoles penas de 8 años y 6 meses de prisión a una pareja acusada por el delito de explotación laboral de una mujer, en la actividad textil, y por la sustracción y retención de su hijo nacido en ese contexto, informó Ministerio Público Fiscal (MPF).
Las penas de 8 años y 6 meses fueron impuestas a Carlos Alberto Ávalos Campos y Norka Jenny Flores Baldelomar, a quienes el Tribunal, a cargo del juez Ricardo Basílico, consideró coautor y coautora penalmente responsables del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, detalló el sitio web Fiscales.gov.ar.
El caso resulta agravado por mediar abuso de situación de vulnerabilidad sobre una víctima embarazada y por su consumación.
Además, se les imputa los delitos de sustracción y retención de un niño de dos años y alteración de su identidad, lo que corresponde al delito de falsificación de documento público.
Tal como lo había requerido el titular de la Fiscalía General 2, Abel Córdoba, el Tribunal Oral ordenó, además, la reparación económica de la víctima y el decomiso de diez máquinas vinculadas a la actividad textil, entre otros elementos.
A Flores Baldelomar también se la declaró reincidente por una condena previa, mientras que el próximo 15 de septiembre se darán a conocer los fundamentos del fallo.
De acuerdo con la investigación y lo acreditado en el debate, la pareja sometió a la víctima con el objetivo de explotarla laboralmente en un taller textil clandestino, ubicado en la calle Ramón Falcón al 3.500, en el bario porteño de Flores, al menos desde marzo del 2020 hasta el 20 de agosto de ese año.
La Fiscalía sostuvo que para lograr ese objetivo, la pareja de empleadores condicionó a la víctima para que comenzara a vivir en el inmueble donde funcionaba el taller y que, durante la ejecución de los hechos de trata, Flores Baldelomar advirtió el embarazo que cursaba la víctima.
Desde entonces, ambos miembros de la pareja «llevaron a cabo una serie de actos que concluyeron con la inscripción de la falsa paternidad biológica del niño, su sustracción y la retención incluso ante el pedido de su restitución».
En efecto, el fiscal acreditó que el niño fue retenido desde el día de su nacimiento, el 8 de mayo de 2020.