Empleados de estaciones de servicio recibirán un incremento salarial del 12% para compensar la inflación de abril y mayo

Corresponde a los convenios colectivos de las Cámaras empresarias CECHA, FECRA, AES y FEC. El incremento es para compensar la diferencia por los meses de abril y mayo. En junio volverán a reunirse para analizar el impacto de las variables inflacionarias. El básico superará los 700 mil pesos.

Las cámaras empresarias que nuclean a los propietarios de estaciones de servicio, y el sindicato de trabajadores pactaron un nuevo tramo de aumento salarial para el personal del sector.

Se trata de un incremento del 12 por ciento para el mes de mayo no remunerativo, a solo efecto de las cargas patronales al Estado que pasará al básico en julio. De este modo, un Operario de Playa percibirá este mes un básico de $705931.02, más la cifra no remunerativa de $ 84711, a los que se les deberá sumar los adicionales si correspondiere.

La mejora de los haberes corresponde a los convenios colectivos de la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos (CECHA), la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), la Asociación Estaciones de Servicio (AES) y la Federación de Entidades de Combustibles (FEC).

Empleados de estaciones de servicio recibirán un incremento salarial del 12% para compensar la inflación de abril y mayo

Según establecen las actas refrendadas en la Secretaría de Trabajo, a fin de compensar el desfasaje salarial con respecto al índice inflacionario de los meses abril y mayo 2024 para todos los operarios incluidos, “dicho porcentaje será de aplicación sobre las remuneraciones básicas correspondientes al mes de Marzo 2024”.

No obstante el carácter no remunerativo señalado, si serán tenidos en cuenta para el cálculo de todos los adicionales de los convenios respectivos (371/03, 521/07, 317/99 y 488/07), y del Sueldo Anual Complementario correspondiente, y se efectuarán los aportes y contribuciones con destino a la Obra Social (ley 23360 y 23661).

Asimismo se dispuso que en caso que las empresas hayan liquidado los haberes del mes de mayo, las diferencias resultantes serán abonadas antes del 10 de junio 2024. Finalmente, las partes se comprometieron a reunirse en el mes de junio para revisar los alcances del acuerdo.