En horas donde el Gobierno puso bajo la lupa el rubro discapacidad, la Justicia obliga a una obra social sindical a mantener la afiliación de una menor discapacitada

(Por Pablo Maradei) La sentencia es contra la Obra Social del Seguro, demanda que inició una trabajadora que despidieron de dicha entidad de salud. El fallo toma relevancia en momentos en los que el Gobierno de Javier Milei parece haberse posado sobre el rubro discapacidad.

El 28 de mayo pasado, Karen Delgado fue despedida de la Obra Social de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Crédito para la Vivienda (OSEEG) y, a raìz de ello, la prestataria dio de baja su calidad de afiliada a la OSSEG. Pero ese no fue el único golpe que recibió la mujer: en la volteada quedó sin cobertura también su hija que es discapacitada.

A causa del despido la ex trabajadora inició una demanda judicial contra la entidad y contra quien la conduce Héctor Alfredo Piccolella: pide que se declare la nulidad del despido, afirmando «haber ocurrido mientras cursaba licencia por enfermedad, que considera discriminatorio, al vincularlo con la condición de salud de su hija y los costos relacionados a su cobertura médico asistencial con los respectivos tratamientos ante las razones que expone». Asimismo, solicita «se mantenga la afiliación a la Obra Social, principalmente de su hija Aylen, menor de edad y discapacitada, a los efectos de otorgar cobertura médica, social y farmacéutica y su grupo familiar». 

¿Qué falló la Justicia?

Una de cal y otra de arena, la jueza de primera instancia, Fabiana Rodrìguez, que siguió el caso determinó que OSSEG debe seguir manteniendo la afiliación de Delgado «y su grupo familiar»; no asì dio lugar a que se la reincorpore en sus funciones.

El despido de la demandante de la OSSEG ocurrió en mayo de 2024. En un parte, el fallo de primera instancia dice: «Resulta claro que, frente al mentado distracto, la trabajadora posee la garantía de mantención de su obra social, al amparo de lo normado en el art. 10 inc. a de la ley 23.660 y 19 inc b) de la ley 24.013, plazo que se encuentra inminente su finalización (28-8-2024), afectándose la dignidad humana, por caso, de su hija menor discapacitada, derecho tutelado constitucionalmente al igual que la salud».

La decisión judicial, que no se sabe si será apelada por la OSSEG, marca un precedente jurìdico importante que es mantener la afiliación de los discapacitados.

En horas donde el Gobierno puso bajo la lupa el rubro discapacidad, la Justicia obliga a una obra social sindical a mantener la afiliación de una menor discapacitada

Discapacidad, un rubro tabú y complejo al que solo se animó el Gobierno de Mieli

El rubro Discapacidad siempre es una piedra en el zapato del sistema sanitario: las obras sociales sindicales siempre se quejan de la falta de asignación de partidas para los rubros transporte y educación ya que la cobertura es total. Cuentan que este rubro se lleva el 90% del Fondo de Redistribución Solidaria. 

A su vez, y por primer vez y a consecuencia de una auditoría, el Gobierno contó que entre 2003 y 2015, la cantidad de Pensiones Contributivas por Invalidez Laboral pasó de 80.000 a 1.050.000; un número injustificable porque el país no atravesó una guerra. A su vez denunció «un esquema de corrupción y desvío de fondos a través de facturación de prestaciones médicas truchas» en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) que podría ascender a 3.400 millones de dólares.