(Por Pablo Maradei) Horacio Meguira, abogado y Director del Departamento jurídico de la CTAA, consultado por InfoGremiales sobre la «cuota solidaria» plantea su rechazo a cómo se instrumenta en el actual formato compulsivo.
La reciente noticia de que el aporte solidario para empleados públicos se duplicó (pasó del 1 al 2 por ciento) trae a consecuencia la encrucijada que, ante una inflación galopante, en el que el poder adquisitivo de los trabajadores se corroe a diario esta quita compulsiva es menos plata en los bolsillos de los trabajadores.
¿Cuál es su posición respecto a la extensión de la cuota solidaria para los empleados públicos?
La cuota solidaria ya estaba vigente; lo que pasó es que se aumentó sustancialmente el monto a retener a los trabajadores; lo cual es grave.
En este contexto inflacionario es menos plata en el bolsillo del trabajador, pero sin embargo ningún sindicato salió a rechazarlo…
La única realidad es que bajó el salario real y para colmo se dio en el sector público que es donde más deterioro el poder adquisitivo.
Vamos a la génesis del tema; entonces le propongo que me brinde su visión respecto del aporte solidario…
Las cláusulas de solidaridad son posibles en la medida en que haya ciertos requisitos. Primero que ella sea aprobada en asamblea por el voto de todos aquellos a los que se les va a aplicar el descuento, sean estos afiliados o no; lo que por supuesto no pasa habitualmente. En segundo lugar, tiene que ofrecerse al trabajador una mejora a cambio de esa cuota solidaria. Por último, no puede descontarse aquellos trabajadores afiliados a sindicatos que no participaron en la paritaria (con simple inscripción o personería gremial) porque es violatorio de la libertad sindical constitutiva.
«Un trabajador se puede afiliar a un gremio del sector público que no tenga personería gremial por desacuerdo o por cualquier otra razón no eligió al sindicato con personería, entonces… es ilógico que para colmo que no se sienta representado, tenga que aportar dinero compulsivamente.»
Esas mejoras entiendo que están puestas únicamente en lo que se firma en paritaria porque un sindicato aduce que lo que negocia y consiga de aumento impacta en todos los trabajadores del sector más allá de que estén afiliados o no.
Ese es un razonamiento perverso porque la representación “erga-omnes, es decir que un sindicato representa a todos los trabajadores del ámbito sean o no afiliados, es una vieja conquista del movimiento obrero; de acuerdo a pautas del derecho civil la representación contractual es válida para los que te dieron mandato; en base a esa representación de alcance general no puede ser usado para que el trabajador que libremente optó por no afiliarse cobrar la gestión del sindicato como si fuera un tercero no comprendido en ese colectivo que representa. Es un razonamiento sin ética de clase. Justamente la pertenencia de clase no se mide solo por la afiliación, sino por otros factores tales como la huelga, el conflicto, etcétera.
No en materia sindical, pero la Argentina siempre mira afuera; y en ese sentido ¿qué es lo que pasa en otros países?
«Justamente la patronal del mundo hoy cuestiona esa concepción erga-omnes; eso es lo que está incorporando al discurso los representantes patronales en la Conferencia anual de la OIT. El convenio colectivo se aplica exclusivamente a los que voluntariamente adhieren a él, quitando al sindicato esa facultad de sintetizar y representar el interés colectivo.»
La OIT no se ha expresado sobre este punto del aporte solidario…
Se ha expresado respecto a lo que es la afiliación compulsiva, aquella de cláusula cerrada; esto es que ningún trabajador ingresa a una empresa sino se afilia al sindicato; o bien ingresa en la empresa, pero puede ser despedido en un determinado tiempo si no se afilia al sindicato.
Pero me pregunto: ¿Por qué tienen que ir estas cláusulas al Convenio Colectivo si el descuento se lo hacen al trabajador; es decir la empresa retiene un dinero que luego gira al sindicato? ¿Qué tiene que ver la patronal con ese tema? Es una costumbre que, con la reforma de la ley 25877 del año 2004, se incorporó a la ley de negociación colectiva que especialmente lo permite. Lo que digo es que no tiene que ser materia de negociación cuando no hay aporte patronal; La costumbre hizo habitual su incorporación al convenio colectivo como clausula obligacional. Especialmente para que pueda ser descontado a afiliados y no afiliados al sindicato. Pero respecto a la necesidad de ser aprobado bastaría que sea el órgano deliberativo de la entidad para que sea válido.
La existencia de la cuota solidaria implica un menor trabajo gremial; entiendo que el sindicalista se relaja en su labor territorial, total el dinero le entra igual a su caja…
Hay tres fuentes de ingreso, la de los aportes y contribuciones a la obra social; la de la cuota sindical y finalmente la del aporte solidario. Justamente la cuota solidaria cada vez es más relevante en los ingresos de los gremios tradicionales porque compensa la merma que existe hoy en las otras dos fuentes. Y esto es por un fenómeno de desafiliación y porque cada vez hay menos trabajadores formales.
Concuerda entonces que la cuota solidaria genera menos acción gremial…
Es una de las múltiples causas que existen. La acción gremial está relacionada con el modelo de representación que tantas veces criticamos desde la CTAA por ser caduco y absurdo. Los sindicatos se organizan de acuerdo al método de producción que tenga la empresa; el sindicato tiene en ese sentido una concepción defensiva. Ahora bien, si la ley le impone un formato, un molde y le indica cómo tiene que organizarse, le restringe capacidad de contrapoder. La ley argentina estrangula a colectivos que se constituyen. ¿Cómo puede ser que una entidad que tenga mayoría de afiliados, con simple inscripción, no pueda negociar y firmar un convenio colectivo de trabajo? De nuevo lo que dije antes: ¿los trabajadores que están afiliados a un sindicato que no tiene personería se les descuenta dinero para mandarlo al sindicato que no los representa?