Así lo informaron fuentes judiciales, que precisaron que se trata de una resolución adoptada por el juez nacional del fuero laboral de primera instancia número 51, Mario Zuretti, quien rechazó un recurso de amparo que había sido presentado por el gremio que representa a los docentes de gestión privada a nivel nacional.
Este fallo se sumó otro rechazo judicial que ya había sufrido a fines de enero pasado una presentación similar realizada por la Unión de Docentes Argentinos (UDA), luego del Decreto 52/2018 dictado por Poder Ejecutivo Nacional,
Esa norma, publicada en el Boletín Oficial el 17 de enero pasado, dejó afuera la cuestión salarial de la mesa de discusión entre el Gobierno y los gremios docentes a nivel nacional establecida por la Ley de Financiamiento Educativo.
De hecho, estableció que ese ámbito de debate se circunscribiría a cuestiones no salariales vinculadas con condiciones laborales, carrera docentes y calendario educativo, entre otras cuestiones.
En tanto, en lo que atañe a lo salarial, el decreto cuestionado por los gremios docentes de alcance nacional dejó formalizado el piso del 20 por ciento por encima del salario, mínimo, vital y móvil para que, a partir de ese valor, se rijan las negociaciones entre las provincias y las entidades sindicales en cada una de las jurisdicciones.
Además, el decreto igualó la representación de los gremios docentes nacionales en el espacio de debate estipulado por la Ley de Financiamiento Educativo, con lo cual licuó el poder de Ctera en ese espacio.
En enero pasado, otro fallo judicial de primera instancia, en ese caso del Juzgado del Trabajo número 60, encabezado por la jueza Alicia Pucciarelli, había entendido que no era «idónea» la vía del amparo porque «no se advierte por parte del Estado Nacional omisión manifiestamente ilegal o arbitraria» con respecto a la paritaria nacional del sector.
En sintonía con esa resolución, la medida adoptada en el fallo de primera instancia dictado ayer se basó en el dictamen presentado por la fiscalía en ese expediente, que consideró «constitucional» la medida, «no habiendo sido atacada con fundamentos serios» por parte del demandante, que «se limita a señalar su carácter baladí y dogmático», según indicaron fuentes judiciales.