La acción de amparo la promovió el Sitraju-RA ante el fuero laboral. Reclaman una cautelar que impida la aplicación de Ganancias sobre los salarios. Piden que se declare su inconstitucionalidad porque viola derechos adquiridos. «Es la oportunidad para que el Poder Judicial proteja los derechos de los trabajadores», aseguro Marieta Ureña Russo.
A través de una presentación en la Justicia Nacional del Trabajo, el Sindicato de Trabajadores Judiciales SITRAJU RA, inició una acción declarativa de certeza en representación de todos los trabajadores judiciales nacionales. Con esa acción solicita una medida cautelar contra la aplicación del artículo 81 de la ley 27.743. Básicamente se trata del artículo por medio del cual se amplía la base imponible del impuesto a las ganancias sobre la totalidad de la remuneración.
La presentación realizada resalta, entre sus fundamentos, la importancia de preservar los derechos adquiridos por los trabajadores y respetar, así, el esquema de pago de ganancias para ingresantes al poder judicial a partir del 2017.
«Nos dirigimos con nuestra acción específicamente al artículo 81«, explicó a InfoGremiales Marieta Ureña Russo, secretario General del Sitraju
«Es la oportunidad para que el Poder Judicial proteja los derechos de los trabajadores y que en esta oportunidad se ponga en práctica esa función institucional que tiene», planteó.
Y agregó: «No lo hizo lamentablemente con el DNU y con la serie de avasallamientos que vienen sucediendo por parte del Gobierno Nacional y que sea garante de la aplicación correcta de las normas y de los derechos de los y las trabajadoras».
En el documento, el sindicato hace hincapié en la línea histórica que mantiene respecto al carácter confiscatorio que implica reducir el salario a través de este impuesto, teniendo en cuenta que se vulnera directamente la propiedad privada de cada trabajador y se afecta de manera directa el carácter alimentario propio de los ingresos que perciben los trabajadores y trabajadores que realizan tareas dentro del sistema de justicia.
En la presentación también se repasa lo que entienden la violación del principio de bicameralidad, debido a que el Senado rechazó esos artículos: «Hacemos mención la proceso de sanción de la norma y señalamos que hubo afectación del principio de bicameralidad y que afecta al sistema federal de nuestra forma de gobierno».
Y deja en claro que la resolución de la cuestión debe ser rápida porque comienza a regir en este momento y se corre «el riesgo de que, por el mero paso del tiempo hasta llegar a la resolución judicial definitiva, el derecho se torne abstracto o inoperante y configure un “perjuicio grave de imposible reparación ulterior».