Cuando se esperaban una lluvia de amparos individuales contra la Reforma Previsional, apareció en la cancha un Juez que le permitió al Gobierno concentrar todas las demandas en un solo juzgado, el suyo, en una maniobra que está despertando sospechas que en las próximas horas pueden entrar en ebullición y agregar un escándalo más a la iniciativa del Presidente Macri de ajustar jubilaciones y prestaciones sociales.
Fernando Strasser, el Juez que decidió concentrar en su Juzgado un universo posible de 17 millones de demandas, ya había dado muestras el año pasado de tener una particular inclinación a aceptar los planteos de la ANSES al revocar una cautelar que en su momento desafectaba al Fondo de Garantía Solidario (el enorme ahorro del ANSES para hacer frente a sus obligaciones) de los recursos disponibles para el pago de la «Reparación Histórica». Strasser, que subroga el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 2, es un hombre decidido a hacer carrera en el Fuero de la Seguridad Social y -casualidad o causalidad- está a punto de ser ratificado en su cargo ya que el Poder Ejecutivo, es decir, el Presidente Macri, elevó su pliego al Senado -lo eligió de una terna propuesta por el Consejo de la Magistratura- para ser nombrado Juez en el cargo que actualmente suple. La agenda de los hechos quiso que se suspendiera este martes 19 de diciembre la reunión de la Comisión de Acuerdos del Senado que emitiría el dictamen final ya para ser aprobado en el recinto. Pero eso no es todo, aún sin ser Juez con todas las letras, el Dr. Strasser ya se anotó para un cargo superior, el de Juez de Cámara, y no son pocos los que tiran del hilo para sacar conclusiones. Desde el Parlamento empiezan a preguntarse si es oportuno -siquiera-ratificarlo como Juez bajo estas condiciones.
Fuentes de Tribunales son terminantes al respecto. «Si no había guiño del Juez era suicida para el ANSES pedir la unificación de causas en un solo Juzgado, ya que lo ahí decidido se aplicaría a todo el universo de afectados, reclamen o nó» razonan con estricto sentido común. Del mismo modo, abogados consultados por este portal plantean que hay un doble perjuicio para los afectados en la decisión tomada por Strasser, el primero es que obliga a un jubilado de Jujuy, Tucumán o Chubut a tener que litigar en Buenos Aires si quisiera proseguir con su reclamo a título personal. El segundo es que estos casos, como los célebres «corralitos», afectan intereses patrimoniales personales de cada individuo y que -en tal sentido- las acciones colectivas son técnicamente objetables.
Fernando Strasser, ajeno a estas minucias técnicas, sólo espera que el destino le cumpla las promesas a las que -como cada uno de nosotros- nos sometemos día a día con nuestra acciones personales.