La justicia porteña declaró nula una decisión del Gobierno porteño de obligar a jubilarse a una docente que había reunido los requisitos mínimos para obtener el beneficio previsional.
El fallo lo dictó la jueza Alejandra Petrella en la acción amparo promovida por una trabajadora de la educación contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) por el dictado de la Resolución 2022-4699-GCABA-SSCDOC.
La docente demandó a la administración de Horacio Rodríguez Larreta con el objetivo de que -en acuerdo con las constituciones nacional y porteña, que reconocen y tutelan el derecho al trabajo- se le asegure la permanencia en los cargos que desempeña.
La mujer manifestó ser el único sostén de su grupo familiar -integrado por su cónyuge y tres hijos-, relató que desde hace varios años ejerce la docencia en el ámbito público y privado y que desde el 2009 se desempeña como profesora de letras y facilitadora virtual en el Programa Adultos 2000 del GCBA.
Relató también que en setiembre de 2021, con casi 57 años -edad que habilita la jubilación si se cuenta con los aportes pertinentes- pidió seguir ejerciendo en los términos del artículo 35 del estatuto docente.
Expuso que si bien la Ley 24.016 otorga a las docentes el derecho de acceder a la jubilación en forma anticipada «dicha norma jurídica debe interpretarse como una cláusula de discriminación positiva», pero que «de ninguna manera puede interpretarse como una restricción a los derechos de las trabajadoras en condiciones psicofísicas de seguir en actividad».
La docente detalló que, luego de haber realizado el reclamo administrativo, en mayo último, le denegaron la permanencia en el cargo y la intimaron a realizar los trámites jubilatorios otorgándole un plazo de 180 días para la obtención del beneficio.
Al dictar sentencia, Petrella consideró que la directora del establecimiento donde la mujer trabaja avaló la solicitud de permanencia en el cargo y que en una evaluación realizada en 2021, la docente «fue calificada con la nota más alta durante su desempeño laboral en 2018, 2019 y 2020».
La magistrada ponderó también un informe producido en el expediente según el cual se pondría en riesgo la sostenibilidad de la vida de la familia, principalmente en lo referido al acceso a la salud porque -argumentó- «la cesantía en el empleo del GCBA implicaría una reducción en el salario del 40.9 por ciento y la empresa de medicina prepaga sufriría un aumento del 50 por ciento».