La Justicia dejó firme la conducción de Berbeglia al frente del Sindicato de Feriantes: «Me gratifica pensar que cuando una lucha y hace las cosas bien, al final se hace justicia»

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó las resoluciones que declararon nula la asamblea que conformó la Junta Electoral del Sindicato de Trabajadores de Ferias (SUTFRA) y ordenó restablecer el proceso electoral original que la dio por ganadora a Mariana Berbeglia. El Tribunal además cargó los costos al Estado, poniendo límites a la intervención que atravesaron en 2024. La noticia encontró a la secretaria general en Salta, realizando capacitaciones a feriantes en el uso de las billeteras virtuales: «Estoy muy feliz, pasé momentos muy duros, pero nosotros seguimos trabajando».

En un importante fallo, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó las resoluciones de la Secretaría de Trabajo que habían declarado la ineficacia de la asamblea que eligió la Junta Electoral y las elecciones posteriores del Sindicato Único de Trabajadores de Ferias de la República Argentina (SUTFRA) que dieron por ganadora a Mariana Berbeglia. La decisión judicial, emitida el viernes, ordena restablecer el proceso electoral original y critica la injerencia estatal en la vida interna del gremio.

El conflicto surgió cuando la autoridad administrativa anuló una asamblea general extraordinaria del 4 de diciembre de 2023 —donde se eligió una Junta Electoral— bajo el argumento de que se había excluido a algunos afiliados. Sin embargo, el Tribunal consideró que no existían irregularidades suficientes para justificar la intervención. En su sentencia, el juez José Alejandro Sudera destacó: «La elección de la Junta Electoral se efectuó con 116 afiliados presentes, fue controlada por el veedor designado por la Secretaría de Trabajo, en la sede dispuesta en la convocatoria (…) No encuentro sustento para mantener la ineficacia dispuesta» 

El fallo también hizo hincapié en el principio de autonomía sindical, protegido por la Constitución y tratados internacionales. Citando el Convenio 87 de la OIT, la Sala II recordó que el Estado solo puede intervenir en casos de violaciones graves y comprobadas.

Además, el tribunal cuestionó que las resoluciones administrativas ignoraran pruebas clave, como informes del veedor oficial y registros que acreditaban la validez de la asamblea. En un párrafo contundente, los jueces señalaron: «Allende debilitar los fundamentos de la decisión administrativa (…) 116 afiliados emitieron su decisión y se expresaron por unanimidad ante un veedor público (…) el cotejo [con los impugnantes] no permite vislumbrar la trascendencia como para invalidar la decisión asociacional».

De esta forma, la sentencia deja sin efecto las resoluciones de Trabajo que desconocían el proceso electoral que le dio la secretaría general a Berbeglia y que impusieron en 2024 una intevención. El fallo también impone las costas judiciales al Estado, marcando un límite a la intervención en asuntos gremiales.

Desde el SUTFRA, la dirigente celebró la decisión: «Estoy muy feliz, pasé momentos muy duros, muchas amenazas y cosas horribles, pero nosotros seguimos trabajando«, afirmó.

El fallo reafirma que, salvo casos excepcionales, la voluntad de los afiliados y la autonomía sindical priman sobre las decisiones administrativas, un principio clave en el derecho laboral argentino.

Berbeglia actualmente se encuentra con su equipo trabajando en Salta, capacitando a feriantes en el uso de billeteras virtuales a través de herramientas tecnológicas: «Estamos capacitando a la gente para que tenga acceso a la legalidad», relató y agregó en relación al fallo judicial: «Me gratifica pensar que cuando una lucha y hace las cosas bien, al final se hace justicia».