El fallo limita al Gobierno de la Ciudad para que retomen tareas los trabajadores de la salud que hayan sido vacunados con una sola dosis de la vacuna contra el Covid-19. No puede haber una convocatoria masiva sin tener en cuenta el nivel de inmunización.
La justicia Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por el Consejo Directivo Nacional de ATE y limitó la facultad del Gobierno de la Ciudad de convocar a que retomen tareas los trabajadores y trabajadoras de la salud que hayan sido vacunados con una sola dosis de la vacuna contra el COVID.
La orden judicial dispone que la convocatoria general efectuada por el Ministerio de Salud local a volver a los centros de salud no es válida, y que debe efectuarse de manera individual, evaluando en cada caso la situación de cada persona convocada.
En efecto, el titular del Juzgado CAYT Nº 23, Dr. Francisco Ferrer, resolvió cautelarmente en fecha 21/5/21 que el Gobierno de la Ciudad ajuste su actuar a lo dispuesto por el art. 2 del Decreto 120/AJG/2021, estableciendo que el retorno a la actividad presencial de las personas trabajadoras del SUBSISTEMA PÚBLICO DE SALUD PÚBLICA de la CABA dispensadas que contaran con una dosis, deben ser convocadas mediante acto administrativo individual adecuadamente motivado, con especial referencia a los parámetros que emergen de los criterios científicos actualmente disponibles.
Si bien ATE había solicitado la prohibición de la convocatoria con una sola dosis, esta medida resuelve en parte la situación de angustia del personal de salud que estaba siendo convocado sin tener en cuenta los niveles de inmunidad alcanzados con una dosis de la vacuna, ni la real necesidad de cada centro de salud.
Ahora habrá que esperar la decisión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y las convocatorias individuales, en caso de ser adecuadamente motivadas.