La Oficina Anticorrupción emitió un dictamen respecto de la actuación del ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Alberto Jorge Triaca, al haber empleado en el SOMU -un sindicato intervenido por ese ministerio- a una empleada de su familia.
En un informe que lleva la firma de su titular, Laura Alson se le hacer saber a Triaca que «debió actuar en forma prudente y no consentir la contratación de la Sra. Sandra Heredia en el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), transmitiendo al entonces Interventor su oposición en atención a las implicancias del caso (art. 9 del Código de Ética en la Función Pública, Decreto 41/99)», señala el dictamen de la OA.
Además, solicita al ministro «que, en lo sucesivo, deberá evitar la adopción de decisiones que pongan en riesgo la imagen que debe tener la sociedad respecto de la función pública, generando dudas sobre su integridad o la de su jurisdicción».
Según el documento de la Oficina Anticorrupción, «quienes ejercen funciones públicas tienen el imperativo y la responsabilidad de respetar pautas y deberes de comportamiento ético» y que, según el artículo 9º del Código de Ética, “el ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad» y que por eso, «debe evitar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener la sociedad respecto de sus servidores”.
Las actuaciones se iniciaron tras conocerse que «la Sra. Sandra HEREDIA se desempeñaba como empleada del Sr. Carlos Leonardo TRIACA y que prestaba servicios a su familia -incluyendo al Sr. Ministro- brindando también atención a quienes concurrían allí en ocasión de reuniones de trabajo (entre ellos, el equipo de la intervención del SOMU)».