Según los abogados, la medida no sólo elude el necesario debate parlamentario (un camino que ya estaba iniciado), sino que destruye derechos fundamentales de los trabajadores e impone un régimen cuyo único objetivo es garantizar la rentabilidad empresaria.
“Para eliminar la llamada “litigiosidad” el camino correcto sería suprimir sus verdaderas causas: el rechazo sistemático de la inmensa mayoría de las enfermedades de origen laboral (del total de siniestros que ingresan al sistema, sólo el 3% son enfermedades profesionales); la injustificada negativa de las ART a cubrir las reagravaciones; las altas médicas apresuradas; las deplorables prestaciones en especie; el permanente maltrato de los prestadores de las ART; las reparaciones miserables de los daños sufridos, hecho acreditado por las sucesivas correcciones realizadas por los diferentes gobiernos en veinte años (decretos 1278/00 y 1694/99, ley 26.773, y este proyecto); la morosidad en el trámite administrativo ante las ART y ante las Comisiones Médicas; etc. Y fundamentalmente, la ausencia de prevención y seguridad laboral”, fundamentó AAL a través de un documento.
La AAL cuestionó, entre otros puntos, la obligatoriedad que establece la norma de realizar un reclamo ante las Comisiones Médicas, históricamente asociadas a los intereses de las ART, antes de poder acceder a la Justicia. “Para atacar la litigiosidad, lamentablemente el PEN opta por un camino: dificultar y dilatar al extremo el acceso de las víctimas a la Justicia, obligándolas a transitar por un kafkiano procedimiento médico-administrativo”.
Asimismo, la asociación rechazó el carácter inconsulto de la reforma y la vía en que se instrumentó, un decreto (54/2007) en el medio del receso parlamentario. “Se trata de una decisión arbitraria y absurda, siendo que no surge de ningún modo la necesidad y urgencia invocada. Con el argumento apelado no habría norma alguna que resista un trámite parlamentario. El decreto se halla teñido de una grave inconstitucionalidad de origen”, reza el comunicado.