El ministro de Trabajo Jorge Triaca enviará esta semana al Congreso de la Nación un proyecto de reforma laboral cuya base está centrada en una iniciativa que elaboró a principios de año el secretario de Empleo Miguel Ponte y que se parece bastante a la reforma que prometió que no encararía.
Más allá de los acuerdos sectoriales que firmó el Gobierno -el primero fue el de Vaca Muerta en enero pasado y el último el firmado ayer con el sector lácteo-, y que había promovido, se está preparando un fuerte golpe a la Ley de Contrato de Trabajo que gesta la modificación más importate desde la época de la dictadura.
En el Art. 1 del borrador al que pudo acceder InfoGremiales, en el inciso b se explicitan los objetivos ideológicos de la norma: “Promover la liberación de las fuerzas de la producción y del trabajo de todos aquellos mecanismos regulatorios…”.
Esta afirmación en el Proyecto «remite en forma inmediata a la frase con la que Martínez de Hoz al inaugurar su ciclo como ministro, cuando dijera “Hemos dado vuelta una hoja del intervencionismo estatizante y agobiante de la actividad económica para dar paso a la liberación de las fuerzas productivas. […]”, señaló la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de julio.
Haciendo un repaso fugaz por los puntos más destacados del borrador que será tratado por los legisladores se destacan:
1. La eliminación de las indemnizaciones a favor del trabajador por incumplimiento en la registración, total o parcial, de su contrato de trabajo y su remuneración.
2. La creación de la figura del “trabajador autónomo económicamente dependiente” (una figura bastante parecida a la gestada en Brasil), que preste servicios personales para una empresa o persona física en hasta un 80% de sus ingresos anuales, excluyéndolo del régimen del contrato de trabajo y remitiendo a una regulación estatutaria especial.
3. La exclusión del régimen del contrato de trabajo de los “trabajadores independientes y sus trabajadores independientes colaboradores”, creando una zona de exclusión de la ley laboral para quienes trabajen para otros.
4. La creación de un “Banco de horas”, a ser establecido mediante los convenios colectivos de trabajo, por el cual el cómputo de la jornada máxima, diaria o semanal, pasa a ser anual, permitiendo compensar los excesos de jornada a lo largo de un año y sin pago de recargo por horas extraordinarias.
5. El aumento de la jornada diaria, en orden al sistema de calculo en base a promedios, de 8 a 10 horas.
6. La eliminación de la base de calculo para la indemnización por despido del SAC, horas extraordinarias, comisiones, premios, compensaciones de gastos y todo otro rubro que no tenga periodicidad mensual.
7. La creación del “Fondo de cese laboral”, que permitirá financiar a los empleadores las indemnizaciones por despido, a través de los convenios colectivos, sustituyendo por dicho fondo las obligaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo.
8. Un sistema de Prácticas Formativas, es decir pasantías, que alcanzará a graduados universitarios – con hasta un año de expedición del título respectivo – por un año y con una jornada de hasta 30 horas señales de trabajo.
9. Un “Blanqueo laboral”, por el cual si se declara a un trabajador no registrado, dentro del plazo de 180 días de vigencia de la ley, se condonan todas las deudas por aportes, contribuciones, infracciones, multas y recargos e, incluso, se produce la extinción de la acción penal.
10. Luz verde a las tercerizaciones, a través del cepo a las llamadas acciones judiciales denominadas por solidaridad. Esas demandas son las que incluyen no solo al empleador de la actividad del trabajador sino también a la empresa que desarrolla la actividad principal.