(Por Ana Flores Sorroche) El diputado de Juntos por el Cambio Martín Tetaz presentó un proyecto de ley para que se modifique la ley 14.250 sobre las Convenciones Colectivas. Según explicó en Twitter es “para que las cuotas sindicales sean optativas y solo a pedido del trabajador”. InfoGremiales consultó con el abogado laboralista y especialista en asociaciones sindicales Gustavo Ciampa su opinión sobre el tema: “Esto ya lo hizo la última dictadura cívico-militar con el decreto 385/77 y le salió mal.”
El discurso general de Tetaz tiene un público compartido con la nueva derecha liberal, que no es nueva y por momentos ni siquiera es liberal pero hace referencia constante a la búsqueda de la “libertad”.
Para el caso, este proyecto de ley que se fundamenta en que «los sindicatos deben tener aportes sindicales libres producto de la afiliación voluntaria de los trabajadores y no aportes fijos y generalizados dispuestos por una norma» y pide la modificación del artículo 9 de la ley 14.250, es una copia fiel del original. Según los diputados y diputadas de Juntos por el Cambio firmantes, los trabajadores deberían tener que manifestar consentimiento expreso para recibir beneficios de los acuerdos negociados dentro de un Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).
“Esto ya lo hizo la última dictadura cívico-militar. El decreto 385/77 propuso dar de baja todos los aportes que se hacían a los sindicatos para que se hagan listas con quienes expresen querer estar afiliados. Son la continuación de la pata civil de la última dictadura”, afirmó el abogado Gustavo Ciampa, referente de la Corriente “7 de julio”, agrupación que eligió ese nombre en homenaje al abogado Norberto Centeno, asesinado por un grupo de tareas de la dictadura en esa fecha.
El 11 de febrero de 1977 con la firma de Jorge Rafael Videla, entonces presidente de facto, Horacio Tomás Liendo (padre), exministro de Trabajo y Julio Arnaldo Gómez, exministro de Justicia de la dictadura se dictó el decreto 385/77 que dio de baja las afiliaciones a todos los sindicatos de primer grado de la República Argentina.
“Se autoriza a las asociaciones profesionales al cobro de las cuotas por ellas impuestas, únicamente a los trabajadores efectivamente afiliados”, resumió el texto del llamado “Decreto Plebiscito.
De esta forma, la dictadura ordenó a los sindicatos presentar a los empleadores una nómina de afiliados que trabajen en sus establecimientos respectivos. La parte empleadora debía entonces requerir a cada trabajador que confirme por escrito si estaba afiliado o no al sindicato y luego ejercer como agente de retención de la cotización sindical.
En el proyecto que encabeza Martín Tetaz y dada la legislación actual, lo que quieren eliminar desde Juntos por el Cambio son las cláusulas de solidaridad: “Todo trabajador o trabajadora que se afilia a un sindicato paga una cuota sindical que le da derechos de participación dentro del sindicato. La afiliación en Argentina es libre pero los convenios colectivos se aplican a todos los trabajadores, estén o no afiliados al sindicato de manera que son obligatorios para todas las empresas estén o no afiliadas a la cámara patronal que firmó el CCT.”, explicó Ciampa.
“Lo razonable, justo y equitativo es que si te beneficiás con la actuación de una entidad tengas que contribuir en parte con su sostenimiento. Como el CCT se aplica a todos y la Justicia argentina no admite renuncia al CCT, todos tienen que contribuir en alguna medida, ínfima encima. Además, eligen omitir la disparidad en la relación de poder”, agregó Ciampa, que también es docente de la UBA en Derecho Laboral.
Algunas empresas ofrecen a sus empleados quedar por fuera del convenio para recibir ese mínimo porcentaje que se les retiene pero según explica Ciampa eso constituye un fraude, una ilegalidad. Los trabajadores de esta forma pierden toda protección y beneficio que puede otorgar la negociación colectiva; ese pareciera ser el motivo por el que, desde la dictadura a la fecha, atacan este derecho laboral conquistado.
«La historiografía tiene una deuda con el movimiento obrero como padre de la democracia»
En 1977, cuando se firma el decreto Plebiscito que precede al proyecto cambiemista, la dictadura ejercía plenamente el terrorismo de Estado con especial énfasis entre los trabajadores agremiados, por lo que una nómina de ese tipo podía indicar una sentencia de tortura, muerte y desaparición para quien confirmara esa participación gremial.
Pero el resultado sorprendió a todos porque terminó habiendo más afiliados después del decreto que antes. “Fue una resistencia subterránea, no fue una marcha como hubo años después. La historiografía tiene una deuda con el movimiento obrero como padre de la democracia, sin desconocer otras paternidades que se atribuyen, porque el esmerilamiento que hizo de la dictadura fue lo que en gran parte desembocó en lo que pasó después.”, detalló Ciampa.
Martín Tetaz firmó el proyecto junto a María Eugenia Vidal, Graciela Ocaña, Hernán Lombardi, Rodrigo de Loredo y Ricardo Buryaille, entre otros, pero no es la única iniciativa cambiemista contra el sindicalismo.
Al respecto el abogado Gustavo Ciampa relacionó algunos puntos: “Ellos están muy en una movida antisindical, anti derechos laborales. Saben que ahora no lo pueden instrumentar pero van sumando. Ahora el Movimiento Empresarial Anti Bloqueo presenta denuncias por hacer paro, que cualquier fiscalía o juzgado penal debería rechazar in limine porque no hay delito en el ejercicio de un derecho constitucional. La Mesa Judicial sigue operando, por eso la importancia del Consejo de la Magistratura.”, concluyó.