Los trabajadores despedidos por la autopartista Lear deberán ser reincorporados de manera «inmediata», de acuerdo a un fallo unánime de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La decisión judicial que alcanza a 27 de los empleados cesanteados, resolvió «disponer que Industrias Lear de Argentina S.A. deberá proceder a la inmediata reinstalación precautoria» de los empleados desafectados por la empresa de origen norteamericano.
En ese sentido, el Tribunal integrado por los jueces Enrique Brandolino, Daniel Stortini y Gregorio Corach señaló que la firma deberá acatar el fallo «bajo apercimiento de disponer su ejecución mediante solicitud al Ministerio de Trabajo».
De esta manera, la Justicia atendió las razones expuestas por los cesanteados que denunciaban que la empresa había realizado «despidos masivos sin presentación previa del Procedimiento Preventivo de Crisis que, según la ley 24.013, es un requisito imperativo sin el cual los despidos deben ser anulados por el Ministerio de Trabajo», informó el abogado de los trabajadores Edgardo Moyano.
En ese sentido, el fallo destacó que, de acuerdo a la información obtenida, se «muestra de modo claro que Lear, con invocación a una situación de crisis, suspendió y despidió personal, sin haber recurrido al Procedimiento Preventivo de Crisis, privando a los accionantes de su derecho a transitar el trámite administrativo impuesto con la finalidad de encontrar una solución a la vigencia de sus contratos de trabajo».
Este nuevo capítulo en el conflicto de Lear se produce a más de seis meses del inicio de la batalla que enfrentó a los despedidos con la empresa y también con el gremio de la actividad, el SMATA de Ricardo Pignanelli. Paulatinamente parecen comenzar a sanjarse las discusiones entre las partes.