La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió preventivamente el funcionamiento del código de identificación laboral (CUIT) de cinco empresarios textiles que fueron procesados por la Justicia por ser partícipes de una cadena que explotó laboralmente a 57 personas, beneficiándose económicamente en razón del bajo costo laboral.
Esta «es la primera vez que se probó la participación criminal de los empresarios textiles en la explotación laboral realizada en talleres clandestinos», informó este miércoles el organismo, a través de un comunicado.
«La AFIP tiene una tarea muy importante en lo que se refiere a la gestión de los recursos de la seguridad social: controlar el ingreso de los aportes y contribuciones de los trabajadores y, en caso de detectar inconsistencias, denunciar ante la justicia a aquellos empresarios que evaden las cargas sociales de sus empleados dejándolos sin cobertura médica y negándoles el acceso a una futura jubilación» señaló el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray luego de conocer el fallo judicial.
El fallo se originó a partir de que la AFIP se presentó como querellante y solicitó la indagatoria de los titulares de las marcas que utilizaban tres talleres textiles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La medida la tomó Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4. y recayó sobre Silvia Bollada y Silvio D´ Amore de la empresa Vidatex que confeccionaba para la marca Narrow; Aldo Mario Rodríguez de «Indus Jeans SA» por M51; Yim Chang Yui de la marca Berry Blue y Rodrigo Garro, socio gerente de Zurah Jeans.
Además la justicia procesó a 9 encargados de los talleres, ubicados en el barrio porteño de Parque Chacabuco.
En total son 14 los procesados por esta causa impulsada por la AFIP, entre los talleristas hay seis coautores (Juan Carlos Quispe, Wilma Chacolla Marca, Valentin Mamani Lecoña, Graciela Choquetarqui Catari, Virginia Mamani Lecoña y Alberto Choquetarqui Catari), y tres partícipes necesarios (Efrain Serrano Mamani, Santos Alcón Huanacuni, Agustín García Alvarez).
En tanto que a los titulares de las marcas se los consideró «partícipes necesarios» de trata de personas, reducción a la servidumbre y facilitación y permanencia de inmigrantes ilegales en el país.