La medida fue adoptada a través del decreto 365/2017, publicado en el Boletín Oficial, y se enmarca en un «plan integral de administración de información salarial y de recursos humanos del personal que presta servicios en las Entidades y Jurisdicciones comprendidas en los incisos a) y b) del Artículo 8° de la Ley N°24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional», según se explica en el artículo 1° de la normativa.
Estas «entidades y jurisdicciones» a las que hace mención la resolución son la Administración Nacional y la empresas y sociedades del Estado.
Sin embargo, y sorpresivamente, entre los datos que buscan recabar de los empleados del Estado se encuentra su elección y filiación gremial. Un dato sensible, que está prohibido recabar por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
Según esa norma: «Queda prohibida la formación de archivos, bancos o registros que almacenen información que directa o indirectamente revele datos sensibles. Sin perjuicio de ello, la Iglesia Católica, las asociaciones religiosas y las organizaciones políticas y sindicales podrán llevar registro de sus miembros».
La «nueva» medida busca unificar la información del personal de los distintos organismos del Estado. Primero abarcará a todos los organismos del sector público. Se trata del universo de 210.000 personas incluidas en el personal civil del Poder Ejecutivo, y los organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional.