Por el impacto de la cepa Ómicrom y el efecto que produjo el cierre del turismo internacional por el rebrote, el Ministerio de Trabajo incorporó al personal del servicio de transporte aéreo entre quienes pueden ser beneficiarios del Repro II. Pagará parte de sus salarios.
El Ministerio de Trabajo incorporó al servicio de transporte aéreo de pasajeros entre las actividades críticas que reciben el beneficio del Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), a través de la resolución 782/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
El Repro II otorga una asistencia de $ 22.000 para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, que es el monto que recibirá el personal de las aerolíneas, el mismo que rige para los de salud y los independientes.
En tanto que el subsidio a los sectores no críticos afectados es de $ 9.000.
Las empresas áreas de servicio de pasajeros comenzaron a verse afectadas en los últimos días a partir de la irrupción de nueva cepa de la Covid 19, Ómicrom, y las restricciones a los vuelos comenzaron a hacerse más frecuentes.
Por eso Trabajo decidió su inclusión como sector crítico en el Repro II.
Para acceder al beneficio, las empresas deben alcanzar el cumplimiento de al menos cuatro de los seis parámetros establecidos, de los cuales serán de cumplimiento obligatorio las variaciones del IVA compras y de la relación entre el costo laboral y la facturación.
En estos días se conocerán las pautas para los parámetros correspondientes a los salarios devengados en noviembre que se cobran este mes.
Al respecto, la variación del IVA compras establecida para los salarios de octubre debía ser menor a 108,3% para los sectores afectados críticos y no críticos y para los efectores de salud.
Para el caso de la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación para los sectores no críticos y críticos, también mantuvo la exigencia que sea mayor a -20% para el sector de la salud, y de superior a -10% para el resto, y la condición de cumplimiento obligatorio.
En tanto, para los parámetros aplicados a los indicadores incluidos de endeudamiento (mayor a 0,6), variación del consumo de energía eléctrica y gasífera (menor a 0%) se mantuvieron los mismos valores definidos en marzo.
Del mismo modo, respecto de la variación de las importaciones, debía ser de una caída de 20% como mínimo para empresas de menos de 800 de trabajadores, y de 30% para el resto, pero de 0% para las de salud.
Al igual que en abril, el parámetro referido al indicador de liquidez corriente debía ser menor a 2,5 en todos los sectores beneficiarios del Repro II.