«Por razones de fuerza mayor nos vimos obligados a iniciar el procedimiento de detención de operaciones en la planta de celulosa de Puerto Esperanza», señaló un comunicado de la empresa de capitales chilenos Arauco, ex Alto Paraná.
La compañía denunció «amenazas de muerte» a operarios que «intentan ejercer el derecho de trabajar» en la planta ubicada a 250 kilómetros al norte de Posadas, lo que el gremio rechazó.
El secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria Celulosa, Papel y Cartón del Alto Paraná (SOEP), Lorenzo Barrientos, confirmó que continuarán las medidas de fuerza y que las denuncias de supuestas amenazas son «un argumento utilizado por la patronal para desprestigiarnos ante la sociedad».
«Todos saben lo que hace la empresa. La multinacional precariza cada vez más la zona. Si algún trabajador quiere cumplir tareas tiene abiertas las puertas, aunque los operadores de la fábrica están todos parando, es decir, casi 250», afirmó Barrientos.
El gremialista informó que, entre otras cosas, los operarios exigen la inmediata reincorporación de los trabajadores despedidos por la empresa pastera en plena conciliación obligatoria y un aumento salarial del 33 por ciento; una suma fija de 6.000 pesos y la aplicación del convenio colectivo a los tercerizados.
El 3 de septiembre último, el Ministerio de Trabajo y Empleo de Misiones sancionó a la empresa Arauco Argentina S.A. a través de la subsecretaría de Trabajo a cargo de Osvaldo Contavalle y le aplicó una multa de 782.320 pesos por «incumplimiento de una intimación de reincorporación de 14 afiliados al SOEP».
Además, la Suprema Corte de Justicia de la provincia rechazó una acción de «inconstitucionalidad» de una ley presentada por la patronal, que procuró anular los efectos de una norma que determina que el trabajo en las plantas celulósica, papelera y del cartón «es insalubre», confirmando así su vigencia.
Esa norma estableció que la empresa debe disminuir de ocho a seis horas la jornada laboral de los trabajadores y adelantar la jubilación a 55 años, lo que hasta el momento no cumplió.
«La firma se negó a considerar las intimaciones de la Corte y utiliza personal interno, al que obliga a dormir en colchones en situación de esclavitud», aseguraron empleados que reclaman y cortan el ingreso a la fábrica y las rutas del norte provincial.
Ante la gravedad de la situación, el personal papelero retomó el cese de tareas y el bloqueo de la planta a partir de que la compañía «no acató una resolución del Ministerio de Trabajo y de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) provincial, que rechazó una acción de inconstitucionalidad» presentada por la firma.
La empresa reclamó «la inconstitucionalidad de la ley», lo que fue rechazado, por lo que el máximo tribunal ratificó la competencia provincial para determinar los lugares y actividades insalubres e introdujo «la necesidad de ponderar los derechos patrimoniales de la firma y la salud de los trabajadores», indicó el fallo.
La diputada provincial y ex ministra de Trabajo, Claudia Gauto, sostuvo que «el fallo fue un paso más en el camino para que Misiones haga respetar sus derechos y atribuciones de autonomía, como en el caso del Parque Provincial del Río Iguazú, ley contra la que existe un proceso de inconstitucionalidad en trámite».
Estudios científicos a cargo de técnicos de la Universidad Nacional de Misiones (UNAM), realizados en 2008, luego de la aprobación de la ley, individualizaron doce áreas de la planta celulósica de la forestal chilena insalubres para trabajar.
La presencia de elevados índices de dióxido de cloro y de niveles de ruidos son los principales factores de riesgo considerados.
A partir del informe, Trabajo provincial declaró insalubres la planta de dióxido de cloro, la caldera de recuperación y de potencia, la planta química y la de lavado y depurado, la deslignificación, la de preparación de madera, el taller central, la calderería, las líneas uno y dos y el tratamiento de efluentes.
Por Resolución 383 del 6 de agosto último, el máximo tribunal de la justicia provincial decidió rechazar el recurso patronal.