Reforma laboral: el Gobierno convocó a empresarios y a la CGT para discutir el artículo que penaliza con el despido con causa las protestas sindicales

El Gobierno convocó a los empresarios y la CGT a una reunión para analizar y discutir la implementación de cambios en la ley de Contrato de Trabajo, aprobados en la ley Bases. Buscan consensuar la reglamentación de la penalización a las protestas gremiales. La reunión se llevará a cabo este jueves.

La convocatoria fue efectuada por el secretario de Trabajo, Julio Cordero, como «continuidad de las mesas de diálogo social impulsadas desde el Ministerio de Capital Humano». El comunicado invita «a las representaciones empresarias y de trabajadores a una mesa de diálogo técnico tripartito» con el objetivo de analizar «el nuevo artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, sancionado en la Ley Bases».

El encuentro se llevará adelante el día jueves 24 a las 14hs en Alem 650, sede de la secretaría de Trabajo. Fueron convocadas a enviar representantes la Unión Industrial Argentina (UIA); la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO); Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA); la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; la Cámara Argentina de Comercio (CAC); la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Argentina de la Median Empresa (CAME).

«En tanto, en representación de los trabajadores se convocó a enviar representantes a la Confederación General del Trabajo (CGT)», señala el comunicado difundido por el Gobierno.

La participación cegetista seguramente traerá debate interno entre quienes creen que hay que sentarse y los que entienden que sentarse sólo sirve para convalidar medidas regresivas.

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Qué dice el artículo 242 de la ley Bases y cuál es el punto de discusión

El artículo 242 en cuestión, modificado por la ley Bases, se refiere a la interpretación legal de la «Justa causa» en caso de despido. El punto candente de la discusión radica en lo que se entiende por bloqueo «parcial» o «total» a empresas.

«Se presume que existe injuria grave cuando, durante una medida de acción directa: a) se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; b) se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento; c) se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o se las retenga indebidamente», indica el artículo.

En julio, a la salida de una reunión con Cordero, el triunviro Héctor Daer se quejó de la «vaguedad» de las modificaciones implementadas a la ley de Contrato de Trabajo. «Los artículos tienen una gran vaguedad, cosa inédita en la legislación laboral», afirmó. La central obrera venía solicitando una audiencia para atenuar todo lo posible los efectos que, consideran, negativos para los derechos laborales.

La nueva mesa tripartita intentará impulsar un consenso por la implementación del nuevo artículo 242, el cual aún no fue reglamentado por el Gobierno. Para la CGT, la falta de certezas sobre su aplicación pone en riesgo el derecho a huelga.