Un juicio laboral se definió por un «emoji» y terminó con el despido del trabajador
Un empleado, que además había sido activista sindical, notificó a través de Whatsapp sus ausencias. Desde la empresa le respondían con un pulgar arriba y su defensa planteó que se trataba de una convalidación. Sin embargo, el Tribunal de Río Negro consideró una prueba insuficiente. A esto se sumaron otras sanciones y ausencias sin justificación, que terminaron de inclinar la balanza por un despido. Previo a esto, la empleadora consiguió la exclusión de la tutela sindical.
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro, emitió un fallo que establece que el uso de "emojis" en las comunicaciones digitales es “muy limitado o relativo” y debe complementarse con otros medios de prueba.
Si bien esta decisión sienta un precedente jurídico sobre las comunicaciones laboral...