Acordó teletrabajar, la obligaron a volver a la oficina y ahora deben indemnizarla
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que la situación de despido en que se colocó una empleada que teletrabajaba, luego de que se la obligara a dejar esa modalidad y volver a prestar servicios en el establecimiento de la compañía, fue justificada.
El caso, revelado por el portal IProfesional, se basa en la Ley 20.744, en el capítulo VII titulado “De los derechos y deberes de las partes”, faculta al empleador a “…introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo, en tanto esos cambios no importen un ejercicio irrazonable de esa facultad, ni alteren modalidades esenciales del contrato, ni causen perjuicio material ni moral al trabajador”.
En este aspecto, el fallo se centra en discutir el alcance del "ius variandi" (la ...