Ya rige la ART para el personal doméstico
El pago de la alícuota se realizará por medio de un formulario diseñado por la AFIP, que unificará esta obligación con las cargas sociales que se abonan mensualmente con el Formulario 102/B y el plazo de vencimiento será el día 10 de cada mes. De esta forma, el 10 de noviembre será la fecha del primer vencimiento y se cancelará en el mismo pago las cargas sociales del mes de octubre y la cuota de riesgos del trabajo del mes de noviembre.
En los casos del personal que trabaja hasta doce horas por semana, los empleadores deberán abonar 130 pesos por mes; de 12 a menos de 16 horas, 165 pesos; y de 16 horas o más, 230 pesos y serán actualizadas anualmente.
Tal como se estableció en la Resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) N° 2224/14, al 3 de noviembre, todos los ...