La Justicia determinó que cuidar a una persona enferma en su domicilio particular no es trabajo en relación de dependencia
Así lo determinó la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. En una causa en que una trabajadora reclamaba el reconocimiento de una relación laboral tras cuidar a una persona enferma en su domicilio particular. Para los jueces no hubo relación de dependencia.
La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo emitió un fallo que puede marcar precedentes en un tema delicado en el mundo del trabajo: las relaciones laborales en las cuestiones de cuidado de personas.
Es que determinó que no hubo una relación laboral entre una trabajadora que realizaba tareas de cuidado de una persona enferma en su casa particular y quien la contrató.
La trabajadora en cuestión cumplió tareas desde 01/11/2008 en el domicilio particular de lunes a viernes de 8:00 a 21:30 horas hasta noviembr...