El juez santafecino Marcelo Quaglia afirmó en un fallo que los «quehaceres del hogar» tienen un valor económico «que debe ser reconocido de manera efectiva y palpable» tal como indica el artículo 660 del Código Civil y Comercial. “El trabajo no remunerado es esencial para que cada día se reproduzca la fuerza de trabajo, sin la cual el sistema no puede subsistir», argumentó.
El caso tuvo su origen en una pareja joven de convivientes que tras siete años de estar juntos en la que casa que compraron con ahorros de ambos decidieron separarse, dejando constancia en la comisaría de la situación. Todo estaba a nombre de él, la casa y el auto.
Según informó El Ciudadano, ella quiso dividir los bienes pero él se negó por lo que entre idas y vueltas el caso llegó al Tribunal de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación a cargo de Marcelo Quaglia. Ahora el ex deberá entregarle a ella una retribución equivalente al 25% del valor total de los bienes porque el juez dio lugar al planteo de enriquecimiento ilícito.
El juez Quaglia argumentó que, tras analizar el caso con perspectiva de género y en clave de derechos humanos, los denominados «quehaceres del hogar», tienen un valor económico, “que debe ser reconocido de manera efectiva y palpable” dado que la mujer realizó aportes concretos y económicos indirectos que deben reconocerse.
Él se negó a repartir los bienes, aseguró haberlos adquirido antes de la relación y que cuando comenzaron a salir ella tenía 21 años, no tenía experiencia laboral, ingresoso ni ahorros.
El juez Quaglia analizó el caso desde una perspectiva de género y en clave derechos humanos y resolvió invertir la carga probatoria. Es decir, volverla en contra de él para obligarlo a probar la diferencia de trato económico dentro de la unión convivencial. «Ello no implica imponerle la totalidad de las cargas procesales sino la aplicación de teorías de cargas dinámicas dónde se exige un brío mayor a quien no se presenta como vulnerable dentro de la relación.», explicaron en El Ciudadano.
El magistrado descartó la división en base a la normativa vigente y la compensación económica al no entender que ella haya padecido renunciamientos, postergaciones o sacrificios en beneficio de él, aunque sí hizo lugar al planteo por enriquecimiento sin causa.
Ambos trabajaron en la casa y la familia de ella hizo aportes en trabajo y económicos, lo que el juez interpretó como aportes indirectos. A esto sumó los «quehaceres del hogar», de los que se asume que se encargaba ella, ya que no trabajaba fuera de la casa.
El reconocimiento del valor económico de los trabajos domésticos no es antojadizo, sino que figura en el artículo 660 del Código Civil y Comercial como «Tareas de cuidado personal».
“El trabajo no remunerado es esencial para que cada día se reproduzca la fuerza de trabajo, sin la cual el sistema no puede subsistir. Es decir, el funcionamiento económico se recuesta en la existencia de ese trabajo, que como muestran múltiples encuestas, está muy mal distribuido entre varones y mujeres. Esta situación, además de ser injusta, implica una serie de desventajas a la hora de la participación económica de las mujeres, y explica la persistencia de la desigualdad económica del género”, dice el fallo al que accedió El Ciudadano.
«En definitiva, debe evitarse que, una vez llegada la hora de la separación, una persona se enriquezca sin causa, a expensas de la otra.”, explica la resolución.
El resarcimiento consitirá en pagar el equivalente al 25 por ciento del valor actual del inmueble y del auto adquirido antes de la extinción de la convivencia y les dio 45 días para negociar un acuerdo.