Y finalmente el polémico convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo y McDonalds tendrá su capítulo judicial. Es que el Secretario Nacional de Juventud de la CTA, Matías Zalduendoas, junto a las Diputadas nacionales del bloque Frente para la Victoria, Araceli Ferreyra, Lucila María de Ponti y Silvia Renee Horne, presentaron un amparo a fin que se declare su “nulidad absoluta e insanable, ilegalidad, inconstitucionalidad, arbitrariedad manifiesta e inaplicabilidad, ordenando la revocación o sustitución”.
El recurso fue presentado el 3 de junio pasado y tuvo el asesoramiento del Observatorio de Políticas Públicas, Legislativas y Comunicacionales (OPPLEC). Mediante el amparo, los firmantes solicitan que se suspenda la aplicación del convenio, así como también se lo declare inconstitucional y “violatorio del orden público laboral, así como del derecho internacional y la propia Constitución Nacional”.
Las Diputadas Nacionales, el Secretario Nacional de Juventud (CTA) y el OPPLEC esperan la pronta resolución por parte de la justicia y resaltan la preocupante tendencia del Poder Ejecutivo Nacional de aplicar políticas de gobierno que benefician ampliamente a los grandes empresarios y perjudican de forma sistemática a los trabajadores.
El convenio firmado el día 13 de mayo del corriente año entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la empresa Arcos Dorados Argentina S.A, establece que esta última -que actualmente cuenta con 16.809 trabajadores en relación de dependencia- incorporará a 5.000 nuevos trabajadores bajo la forma de practicantes “con posibilidad de progreso”.
Los mismos recibirán una remuneración de $4500, siendo ese valor inferior al salario mínimo, vital y móvil y significando una amenaza no sólo al sostenimiento de los puestos laborales ya existentes sino también a la incorporación de trabajadores en relación de dependencia regidos por el CCT.
En el escrito se detalla que: «Del contenido de este convenio se desprende que los trabajadores podrán estar contratados conforme a esta figura en reiteradas oportunidades, durante el cual no tendrán recibo de sueldo, no se abonará sueldo anula complementario, tampoco los recargos por la prestación de tareas durante días feriados y fines de semana ni la diferencia salarial conforme a la categoría del trabajador según la tarea especifica desempeñada. Sumado a esto, es preciso remarcar que la empresa evade las contribuciones y aportes solidarios a nuestro sistema de Seguridad Social, ya que el Estado no se lo exige en el desarrollo del convenio.»